martes, 24 de enero de 2012

Séptimo Programa Marco



Objetivo: El Séptimo Programa Marco (7PM) agrupa todas las iniciativas comunitarias relativas a la investigación bajo un mismo techo y desempeña un papel crucial en el logro de los objetivos de crecimiento, competitividad y empleo, complementado por el nuevo Programa Marco para la Competividad y la Innovación (CIP), programas de educación y formación y Fondos Estructurales y de Cohesión en apoyo de la convergencia y la competitividad de las regiones. Constituye también un pilar fundamental del espacio europeo de investigación (EEI). Los amplios objetivos del 7PM se han agrupado en cuatro categorías: Cooperación, Ideas,Personas y Capacidades. Para cada tipo de objetivo hay un programa específico que se corresponde con las áreas principales de la política de investigación de la UE. Todos los programas específicos colaboran en promover y alentar la creación de polos europeos de excelencia (científica). Las actividades de investigación no nuclear del Centro Común de Investigación (JRC) se agrupan dentro de un programa específico que cuenta con su propia partida presupuestaria.

Financiación: Para la contribución financiera comunitaria se proponen tres formas de subvención: reembolso de los costes subvencionables, pagos a tanto alzado y financiación a tipo fijo (puede basarse en una escala de costes unitarios, pero incluye también tipos fijos para los costes indirectos). Para la mayoría de los programas de financiación, el reembolso de los gastos admisibles continuará siendo el método preferente, sobre todo en la fase inicial. Los participantes pueden imputar todos los costes directos e indirectos y optar por un tipo fijo para los costes indirectos. Los costes se calcularán con arreglo a los principios de contabilidad y gestión habituales de los participantes a fin de alcanzar los objetivos del proyecto. La contribución financiera comunitaria cubrirá:
  • un máximo del 50 % de los costes subvencionables, descontados los ingresos, tanto para las actividades de investigación como para las de demostración. Para las PYME, los organismos públicos, los centros de educación secundaria y superior y las organizaciones de investigación no lucrativas habrá un complemento de un máximo del 25 % en el caso de las actividades de investigación;
  • el 100 % de las acciones de «investigación en las fronteras del conocimiento» para todas las entidades;
  • todas las demás actividades, incluidas las relacionadas con acciones de apoyo y coordinación, así como la formación y la promoción profesional de los investigadores, se reembolsarán hasta el 100 % a todas las entidades.

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